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Filosofía y Marco Legal

JUANES TROMPETA

MOVIMIENTO SOCIAL PARA LA PROMOCIÓN DE LA MÚSICA, EL ARTE Y LA CULTURA

Servicio premium de alta calidad!

FILOSOFÍA

Somos un grupo de músicos que se constituyen como organización civil, cuyo propósito es el fomento de la música, el arte y la cultura.

Nuestra visión se sustenta en dos enfoques básicos:

Enfoque Individual

El ser humano que se dedica a la interpretación de un instrumento musical desarrolla una relación estrecha y especial con su instrumento, a tal punto que le es imposible dejar de tocarlo; esto quiere decir que el músico siente una necesidad intrínseca de ejecutar su instrumento.

Por eso, se hace imprescindible promover espacios donde el músico, y en general los artistas, puedan desarrollar su talento y expresarse a través del arte.

Enfoque Colectivo o Social

El arte, y en especial la música, está presente en la cotidianidad de las sociedades a lo largo de la historia de la humanidad. La raza humana tiene la capacidad y la necesidad de disfrutar de las expresiones artísticas, razón por la cual el arte adquiere una función social.

Por ende, es un propósito de suma importancia fomentar espacios donde la comunidad satisfaga su necesidad de salir de la rutina por medio del entretenimiento que proporcionan las actividades artísticas y culturales.

MARCO LEGAL

Constitución política de colombia

ARTÍCULO 26. Toda persona es libre de escoger profesión u oficio. La ley podrá exigir títulos de idoneidad. Las autoridades competentes inspeccionarán y vigilarán el ejercicio de las profesiones. Las ocupaciones, artes y oficios que no exijan formación académica son de libre ejercicio, salvo aquellas que impliquen un riesgo social.

ARTÍCULO 37. Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente. Solo la ley podrá establecer de manera expresa los casos en los cuales se podrá limitar el ejercicio de este derecho. 

ARTÍCULO 38. Se garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad. 

ARTÍCULO 70. El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza cientifica, técnica, artistica y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional.

La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad. El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el pais. El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación.

ARTÍCULO 71. La busqueda del conocimiento y la expresión artistica son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general, a la cultura. El Estado creará incentivos para personas e instituciones que desarrollen y fomenten la ciencia y la tecnologia y las demás manifestaciones culturales y ofrecerá estimulos especiales a personas e instituciones que ejerzan estas actividades.